Vuelve a ilusionarte

Derechos del socio

Desde el momento en que el socio es admitido, se iguala en derechos con el resto de sus compañeros bajo las disposiciones de los estatutos, lo que le supone poder:

  • Participar en el objeto social de la Cooperativa.
  • Elegir y ser elegido para los cargos sociales
  • Participar con voz y voto en la adopción de los acuerdos de la asamblea
  • Participar en los proyectos de construcción, sugiriendo modificaciones
  • Participar en la elección de calidades
  • Obtener información sobre cualquier aspecto de la marcha de la Cooperativa
  • Darse de baja en la Cooperativa
  • Percibir intereses cuando procedan
  • Elegir la vivienda que le corresponda de acuerdo con su antigüedad
  • Cualesquiera otros previstos en la ley