Vuelve a ilusionarte

Obligaciones del socio

Frente a los derechos mencionados, el socio de una cooperativa tiene que asumir unas obligaciones reguladas por lo estatutos, que se resumen en:

  • Asistir a las reuniones de la Asamblea General y demás órganos de la Cooperativa a los que fuesen convocados.
  • Cumplir los estatutos y acuerdos validamente adoptados por los órganos sociales de la Cooperativa.
  • Participar en los proyectos de construcción y servicios Cooperativos en la proporción que le corresponda en función de la tipología de la finca que le sea adjudicada.
  • Elegir la vivienda en las fechas que decida el Consejo Rector
  • Concurrir a la firma de los documentos públicos y privados de adjudicación provisional o definitiva
  • No realizar actividades de la misma índole que las de la Cooperativa· Guardar secreto sobre los asuntos de la Cooperativa
  • Aceptar los cargos sociales para los que fuesen elegidos
  • Aquellas otras obligatorias que resulten de preceptos legales y estatutarios