Obligaciones del socio
Frente a los derechos mencionados, el socio de una cooperativa tiene que asumir unas obligaciones reguladas por lo estatutos, que se resumen en:
- Asistir a las reuniones de la Asamblea General y demás órganos de la Cooperativa a los que fuesen convocados.
- Cumplir los estatutos y acuerdos validamente adoptados por los órganos sociales de la Cooperativa.
- Participar en los proyectos de construcción y servicios Cooperativos en la proporción que le corresponda en función de la tipología de la finca que le sea adjudicada.
- Elegir la vivienda en las fechas que decida el Consejo Rector
- Concurrir a la firma de los documentos públicos y privados de adjudicación provisional o definitiva
- No realizar actividades de la misma índole que las de la Cooperativa· Guardar secreto sobre los asuntos de la Cooperativa
- Aceptar los cargos sociales para los que fuesen elegidos
- Aquellas otras obligatorias que resulten de preceptos legales y estatutarios
